
Ayer, al ver las noticias, decidí mirar y prestarle atención una de ellas.
Me pareció, cuando menos sorprendente, que el suceso fuese noticia, de relevancia importante como para aparecer en el telenoticias de la televisión.
Supongo que la falta de otras noticias de relevancia, hicieron que el redactor o el director del telediario la considerasen importante.
Después de esta breve introducción decir que la noticia en cuestión era:
"Una mujer condenada a 4 meses de cárcel por pegarle una bofetada a su marido".
En los periódicos de hoy (17/12/20074) también hacen referencia a dicha noticia.
Ciertamente esta noticia no debería haberse publicado como un hecho aislado y, en cierto modo, como una rareza o incluso el hecho noticiable.
La aplicación es igual para todos, hombres y mujeres. Las mujeres, debido a la situación en la que han sido menospreciadas, agredidas, maltratadas o incluso han acabado muertas, han recibido no tan solo el respaldo social, sino que la ley a creado mecanismo para intentar evitar que estos episodios, denominados de violencia de genero, a veces doméstica, se sigan reproduciendo, todo y que la realidad nos demuestra que legislar no es sinónimo de evitar, al igual que ocurre con los delitos de conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas o drogas.
La ley debe proteger a las mujeres, pero cuando una de ellas realiza actos delictivos, se le debe aplicar la ley, del mismo modo que a un hombre, y el hecho diferencial de ser mujer no debe ser un elemento de atenuación de sus actos.
Esta mujer ha sido condenada por causarle una lesión a su expareja, a consecuencia de la bofetada que le dio. Se la condena por causar una lesión no por abofetear.
Si la bofetada, únicamente le hubiese causado una molestia temporal, sin necesitar ningún tipo de intervención medica, la hubiesen condenado a una falta de lesiones.
En definitiva, y como reza el aforismo: Nulla poena sine lege

sorprendente.
un abrazo.